Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 158

Fecha del Boletín 
04-07-2012

Sección 1.4.115.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120704-38

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES

38
NOTIFICACIÓN de la Resolución 1450/2012, de 24 de mayo, por la que se acuerda liquidación de multa, principal e intereses, con motivo de expediente sancionador 01/10, resuelto por Orden 401/2010 y conforme a la sentencia de 31 de marzo de 2011, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 16 de Madrid, procedimiento ordinario 72/2010.

Resultando infructuosos los intentos de notificación de dicha Resolución, en el domicilio conocido de la empresa, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se procede a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como su inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Madrid.

Dicha Resolución dispone “Formular liquidación a favor de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, por importe de 40.000 euros, más los intereses de demora legales, de conformidad con la Orden 401/2010 del Consejero de Familia y Asuntos Sociales y sentencia de 31 de marzo de 2011, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 16 de Madrid”.

ANEXO ÚNICO

El principal de la sanción ha sido fijado en 40.000 euros, en sentencia de 31 de marzo de 2011, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 16 de Madrid, procedimiento ordinario 72/2010. Los intereses de demora importan 4.107,42 euros, por el período transcurrido desde el 6 de mayo de 2010 al 22 de mayo de 2012, al 5 por 100, a tenor de lo dispuesto en el artículo 26.5 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (“Boletín Oficial del Estado” número 302, de 18 de diciembre), y conforme a lo fijado en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado para los ejercicios afectados.

1. El importe de la multa (principal más intereses de demora) deberá hacerse efectivo conforme a los plazos del artículo 62.2 de la referida Ley General Tributaria, mediante ingreso en la cuenta restringida 2038, “Bankia”, sucursal 1153, en la calle Orense, número 20, de Madrid, dígito de control 25, número de cuenta 6000660881, identificando el concepto, en los períodos voluntarios que se detallan a continuación:

a) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior, o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

b) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

Los plazos empezarán a contar a partir del día siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

2. Se le apercibe de que de no abonarse dentro de dicho período voluntario se procederá a su exacción, con los recargos que resulten aplicables, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Expediente. — Imputado. — DNI/CIF. — Último domicilio conocido. — Sanción. — Intereses demora

01/10. — Lago de Aral, Sociedad Limitada. — B-83356261. — Ana Teresa, 13, Madrid. — 40.000 euros. — 4.107,42 euros.

El expediente administrativo se encuentra en las dependencias de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Asuntos Sociales, calle O’Donnell, número 50, segunda planta, 29009 Madrid. Contra este acto, en lo que concierne al período voluntario de pago y cálculo de los intereses de demora, podrá interponer recurso de reposición ante el Secretario General Técnico de la Consejería de Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid en el plazo de un mes, contados a partir del día siguiente de la publicación de esta notificación, o reclamación económico-administrativa ante la Junta Superior de Hacienda de la Comunidad de Madrid, conforme a lo dispuesto en los artículos 222 y 227 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y sin perjuicio de cualquier otro admitido en derecho.

Madrid, a 20 de junio de 2012.—El Jefe de Unidad Técnica Oficina Presupuestaria Consejería de Asuntos Sociales, José Luis González Sánchez.

(01/2.126/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.115.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120704-38