Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 157
Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120703-79
Páginas: 1
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE VENTURADA
RÉGIMEN ECONÓMICO
El Pleno de la Corporación del Ayuntamiento de Venturada ha aprobado inicialmente la modificación de crédito presupuestario número 2/2012, de crédito extraordinario y suplemento de crédito, y estará de manifiesto al público en la Secretaría del Ayuntamiento durante quince días, plazo durante el cual, cualquier habitante del municipio o persona con intereses en el mismo (personas físicas o jurídicas como cámaras de comercio), podrán examinar y presentar contra el mismo las reclamaciones que estimen convenientes, con arreglo al artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el artículo 20.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril.
La modificación de crédito presupuestario se considerará definitivamente aprobada si en el tiempo y forma no se presenta ninguna reclamación u objeción a la misma.
Caso de presentarse alguna reclamación a la misma, el Pleno de la Corporación tendrá un plazo de un mes para resolverlas, contando a partir del día siguiente a la finalización de la fecha de exposición al público.
En Venturada, a 11 de junio de 2012.—El alcalde, Daniel Caparrós López.
(03/21.884/12)

