Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 157
Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120703-209
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33
EDICTO
Doña Teresa Domínguez Velasco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 33 de Madrid.
Hago saber: Que en este auto se siguen autos con el número D-1.725 de 2009, hoy ejecución número 229 de 2010, a instancias de don Humberto Olger Pozo Ubidia, contra la empresa “Logística Sánchez Brea, Sociedad Limitada”, sobre extinción, en los que en fecha 31 de mayo de 2012, se ha dictado decreto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Parte dispositiva:
En atención a lo expuesto, se acuerda:
a) Se reduce el principal por el que está declarada en insolvencia parcial la empresa “Logística Sánchez Brea, Sociedad Limitada”, al importe de 3.391,32 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
b) Habiendo saldo positivo en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” número 2806/0000/64/0064/12, póngase los autos sobre mi mesa a fin de realizar mandamiento de devolución a favor de don Humberto Olger Pozo Ubidia, con documento nacional de identidad número 47.581.445, por la cantidad de 10.329,49 euros en concepto a cuenta del principal, debiendo comparecer en la Secretaría de este Juzgado al objeto de retirar la citada cantidad, una vez firme la presente resolución, cualquier día hábil, de nueve a trece y treinta horas, librándose a tal fin el oportuno mandamiento de devolución, todo ello con la advertencia de que dicho mandamiento caducará automáticamente a los tres meses desde la fecha de su emisión y se procederá a remitir dicha cantidad a la cuenta especial de “Fondos Provisionalmente Abandonados” (Real Decreto 467 de 2006, de 21 de abril, en vigor desde el 12 de julio de 2006).
c) Una vez entregado mandamiento o bien habiendo sido consignado en los fondos provisionalmente abandonados” se procederá a archivar las actuaciones previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.
De conformidad con el artículo 276.5 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación de su parte dispositiva.
Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.
Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión, ante el magistrado-juez que ha dictado la orden general de ejecución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente en el plazo de tres días h hábiles siguientes a su notificación (artículos 186 y 187 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta número 2806 de “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”, o por transferencia a la entidad “Banesto”, siendo los veinte dígitos 0030/1846/42/0005001274.
Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado.
Y una vez firme, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial.
Así por este decreto lo mando y firmo.—La secretaria judicial (firmado).
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Logística Sánchez Brea, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente en Madrid.—La secretaria judicial (firmado).
(03/20.521/12)

