Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 154
Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120629-108
Páginas: 1
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7
EDICTO
Doña Rosa María Pérez Garrudo, secretario judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 52 de 2012, ejecución número 113 de 2012, de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de doña Lorena Artacho Najarro, contra la empresa “Calzados Muralba, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre despido, se ha dictado auto y diligencia de ordenación, que es del tenor literal siguiente:
Auto
El magistrado-juez, don José Luis de Mesa Gutiérrez.—En Madrid, a 11 de mayo de 2012.
Parte dispositiva:
Despachar orden general de ejecución del título indicado a favor de la ejecutante doña Lorena Artacho Najarro, frente a “Calzados Muralba, Sociedad Limitada Unipersonal”, parte ejecutada.
Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos, previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto, doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez (firmado).
Diligencia de ordenación de la secretaria judicial doña Rosa María Pérez Garrudo.—En Madrid, a 11 de mayo de 2012.
Únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectado se llene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, a sentencia de fecha 11 de abril de 2012, a la empresa “Calzados Muralba, Sociedad Limitada Unipersonal”, a favor de la demandante doña Lorena Artacho Najarro y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, calle Princesa, número 3, el día 4 de julio de 2012, a las diez horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.
Notifíquese a las partes esta resolución.
Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).—La secretaria judicial (firmado).
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Calzados Muralba, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 30 de mayo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
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