Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 154

Fecha del Boletín 
29-06-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120629-109

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

109
Ejecución 126 de 2012

Doña Ana Belén Requena Navarro, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 126 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Teófilo Caño Sánchez, contra don Miguel Triviño Lucena y “Hautofeni 12 Siglo XXI, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado firmeza, auto despachando ejecución y diligencia citando a comparecencia, cuyas partes dispositivas son las siguientes:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Ana Belén Requena Navarro.—En Madrid, a 2 de febrero de 2012.

Visto el estado que mantienen las presentes actuaciones se declara que la sentencia dictada en autos con fecha 31 de marzo de 2011 ha alcanzado firmeza.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma podrán interponer recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Auto

Magistrada-juez de lo social, doña María Luisa Segura Rodríguez.—En Madrid, a 11 de junio de 2012.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución por la vía de incidente de no readmisión a favor de la parte ejecutante don Teófilo Caño Sánchez, frente a “Hautofeni 12 Siglo XXI, Sociedad Limitada”.

Modo de impugnación: contra este auto cabe interponer recurso de reposición en el plazo de tres días siguientes a su notificación (artículo 239.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, cuyo ingreso se podrá efectuar:

a) Por transferencia bancaria a la cuenta número 0030/1033/40/0000000000, indicando en el concepto siguiente el número 0009/12, así como la persona o empresa que efectúa el ingreso.

b) Por ingreso directo en la sucursal de “Banesto” y con el número de cuenta 2508/ 0000/00/número de expediente y año hasta completar dieciséis dígitos, así como la persona o empresa que efectúa el ingreso.

Así lo acuerda, manda y firma su señoría, de lo que doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Ana Belén Requena Navarro.—En Madrid, a 11 de junio de 2012.

Despachada en el día de la fecha orden general de ejecución en el presente procedimiento, por vía de incidente de no readmisión, cítese a las partes, demandados don Miguel Triviño Lucena y “Hautofeni 12 Siglo XXI, Sociedad Limitada”, y demandante don Teófilo Caño Sánchez, a la celebración de una comparecencia, que tendrá lugar en la Sala de audiencias de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, tercera planta, de Madrid, el día 17 de julio de 2012, a las diez horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada) se le tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado) el acto se celebrará sin su presencia, quedando citadas las partes mediante la notificación de la presente resolución.

Notifíquese a las partes esta resolución.

Modo de impugnación: contra la misma podrán interponer recurso de reposición ante este Juzgado mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días siguientes al de su notificación (artículos 551.5 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y 188 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social). Advirtiéndose a las partes de que de conformidad al artículo 245 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, las resoluciones dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Miguel Triviño Lucena, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 11 de junio de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/21.517/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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