Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 154

Fecha del Boletín 
29-06-2012

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120629-80

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NAVALAFUENTE

OTROS ANUNCIOS

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Convocatoria juez de paz

En sesión plenaria de 31 de mayo de 2012, se ha adoptado el siguiente acuerdo:

Primero.—Convocar la próxima vacante del cargo de juez de paz de Navalafuente mediante anuncio tanto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID como en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, del Juzgado de paz y del Juzgado de primera instancia e instrucción del partido judicial.

Segundo.—Abrir un plazo de quince días naturales, a contar desde la fecha de la última publicación en los medios antedichos a fin de que se presenten por aquellos que estén interesados instancias en el Ayuntamiento de Navalafuente.

Tercero.—Los requisitos son ser español, mayor de edad y no estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad o incompatibilidad que establece los artículos 303 y 389 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, a excepción del ejercicio de actividades profesionales o mercantiles.

Cuarto.—A la instancia se debe acompañar los siguientes documentos:

— Fotocopia del documento nacional de identidad.

— Certificado negativo de antecedentes penales.

— Partida de nacimiento.

— Certificado medico de no tener impedimento físico o psíquico para ejercer la función judicial.

— Declaración responsable de no hallarse incurso en causas de incompatibilidad e incapacidad, previstas en los artículos 303 y 389 de la Ley Orgánica del Poder ­Judicial.

— Títulos académicos o cualquier otro documento acreditativo de los méritos que posea, en relación con dicho cargo.

En Navalafuente, a 11 de junio de 2012.—El alcalde-presidente, Miguel Méndez ­Martiáñez.

(03/21.653/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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