Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 153
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120628-90
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 22
EDICTO
Don José María Prieto y Fernández-Layos, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 22 de los de Madrid.
Hago saber: Que en este Juzgado de mi cargo se tramitan autos de divorcio con el número 513 de 2010-P, en los que ha recaído la resolución cuyo encabezamiento y parte dispositiva literalmente dicen:
Sentencia número 206
En Madrid, a 17 de abril de 2012.—El ilustrísimo señor don José María Prieto y Fernández-Layos, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 22 de Madrid, habiendo visto los presentes autos de divorcio contencioso número 513 de 2010, seguidos ante este Juzgado, entre partes: de una, como demandante, doña Rosa María Ventura Romero, con procurador doña María Ángeles Oliva Yanes, y de otra, como demandada, don Antonio Sigler de Malas, declarado en rebeldía; y...
Fallo
Que estimando la demanda presentada por la procuradora de los tribunales doña María Ángeles Oliva Yanes, en nombre y representación de doña Rosa María Ventura Romero, contra don Antonio Sigler de Malas, debo declarar y declaro la disolución, por causa de divorcio, del matrimonio contraído por los citados cónyuges, don Antonio Sigler de Malas y doña Rosa María Ventura Romero, produciéndose sus efectos a partir de la firmeza de esta sentencia, pero sin perjudicar a terceros de buena fe sino a partir de su inscripción en el Registro Civil.
No se hace expresa imposición de costas en esta instancia.
Una vez firme la presente resolución, comuníquese de oficio al Registro Civil donde conste inscrito el matrimonio de los litigantes.
Notifíquese esta sentencia a la parte que se encuentra en rebeldía en la forma dispuesta en la Ley de Enjuiciamiento Civil sobre el particular.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación, ante este mismo Juzgado, dentro de los veinte días siguientes a su notificación.
Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos de su razón, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Publicada en el mismo día de su fecha.
Y para que sirva de notificación en forma a don Antonio Sigler de Malas, actualmente en ignorado paradero, y publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se da el presente en Madrid, a 31 de mayo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(02/5.039/12)

