Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 153

Fecha del Boletín 
28-06-2012

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120628-253

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ÁVILA NÚMERO 1

EDICTO

253
Procedimiento ordinario 30 de 2012

Doña María Jesús Martín Chico, secretaria del Juzgado de lo social número 1 de Ávila.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 30 de 2012 de este Jugado, seguido a instancias de don Marco Antonio Gómez Martín, contra “Axom Piqueras, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia

En Ávila, a 21 de mayo de 2012.

Fallo

Que estimando como estimo la demanda formulada por la parte actora don Marco Antonio Gómez Martín, contra la parte demandada, la empresa “Axom Piqueras, Sociedad Limitada”, sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a este a que abone a la parte actora la cantidad de 3.156 euros.

Contra esta sentencia cabe recurso de suplicación, que deberá anunciarse dentro de los cinco días siguientes a la notificación, por comparecencia o por escrito de las partes, su abogado o representante, designando el letrado que habrá de interponerlo. Siendo posible el anuncio por la mera manifestación de aquellos al ser notificados. La empresa deberá al mismo tiempo acreditar haber consignado el importe de la condena en la cuenta de este Juzgado, abierta en “Banesto”, denominada “Cuenta de depósitos y consignaciones”, número 0293, pudiendo sustituirse por aseguramiento mediante aval bancario, constando la responsabilidad solidaria del avalista, más otra cantidad de 300 euros en la misma cuenta y en impreso separado del importe de la condena.

Se advierte el destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Axom Piqueras, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Ávila, a 24 de mayo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/20.110/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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