Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 153

Fecha del Boletín 
28-06-2012

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120628-155

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

155
Demanda 116 de 2012

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 116 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Giovanni Parrela, don Orsahis Alexandre Jaramillo, don Naouar Ettalbi, doña Myriam Ruth Correa Orrego, contra la empresa “Restaurante La Bámbola de Torrejón, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia cuyo fallo es el siguiente:

Estimo las demandas acumuladas de los cuatro actores y declaro la improcedencia de cada uno de sus despidos, con fecha de efectos de 29 de noviembre de 2011.

Asimismo, declaro extinguidas las relaciones laborales de los cuatro demandantes para con la empresa demandada, con efectos de la fecha de esta sentencia.

En consecuencia, condeno a la demandada “Restaurante La Bámbola de Torrejón, Sociedad Limitada”, a estar y pasar por las anteriores declaraciones y a que abone a:

A don Giovanni Parrela, la cantidad de 18.921 euros en concepto de indemnización, más la cantidad de 7.703,50 euros por concepto de salarios de tramitación, a razón de 1.351,49 euros mensuales brutos desde la fecha del despido hasta la fecha de esta sentencia.

A don Orsahis Alexandre Jaramillo, la cantidad de 125,66 euros en concepto de indemnización, más la cantidad de 5.730,21 euros por concepto de salarios de tramitación, a razón de 1.005,29 euros mensuales brutos desde la fecha del despido hasta la fecha de esta sentencia.

A don Naouar Ettalbi, la cantidad de 9.135,41 euros en concepto de indemnización, más la cantidad de 7.060,59 euros por concepto de salarios de tramitación, a razón de 1.238,78 euros mensuales brutos desde la fecha del despido hasta la fecha de esta sentencia.

A doña Myriam Ruth Correa Orrego, la cantidad de 14.918,40 euros en concepto de indemnización, más la cantidad de 6.128,64 euros por concepto de salarios de tramitación, a razón de 1.075,06 euros mensuales brutos desde la fecha del despido hasta la fecha de esta sentencia.

Contra esta sentencia cabe la interposición de recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que se anunciará dentro de los cinco días siguiente a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su abogado o representante en el momento de la notificación, pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.

Si la parte recurrente es la empresa, se acompañará al anuncio justificante de haber ingresado 300 euros en la cuenta de este Juzgado, en la sucursal del banco “Grupo Banesto”, oficina situada en la planta primera de estos Juzgados, así como en el supuesto de no gozar de justicia gratuita, además, deberá acreditar el recurrente haber consignado en la misma entidad bancaria la cantidad objeto de condena.

Al hacer el anuncio se designará por escrito o comparecencia al letrado que dirija el recurso, y si no se hiciera se designará de oficio.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Restaurante La Bámbola de Torrejón, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de mayo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/20.135/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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