Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 152

Fecha del Boletín 
27-06-2012

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120627-165

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34

EDICTO

165
Ejecución 105 de 2012

Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 105 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Nuria Gómez Vilches, contra la empresa “MDM Joyero y Relojero, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto y diligencia de fecha 5 de junio de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Auto

Dispongo: Despachar ejecución por la vía de incidente de no readmisión a favor de la parte ejecutante, doña Nuria Gómez Vilches, frente a “MDM Joyero y Relojero, Sociedad Limitada”, por lo que se citará a las partes de comparecencia a los efectos previstos en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Contra este auto cabe recurso de reposición, en el plazo de tres días hábiles a contar desde el siguiente a la notificación del auto, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducir oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 (Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social), debiendo advertirse que si el recurrente no fuese trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita deberá ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta 2807 0000 34 0105 12 de depósitos y consignaciones que este Juzgado tiene abierta en la entidad “Banesto”, aportando el resguardo acreditativo fiscal, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de todos ellos.

Así lo mando y firmo.—El magistrado-juez (firmado).

Diligencia.—Despachada ejecución por la vía de incidente de no readmisión de la sentencia recaída en las presentes actuaciones, se acuerda oír a las partes en comparecencia que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en calle Princesa, número 3, el día 3 de julio de 2012, a las nueve cincuenta y cinco horas, sirviendo este proveído de citación en legal forma, advirtiendo que solo versará sobre la falta de readmisión y a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión, asimismo, quedan advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.

Notifíquese a las partes esta resolución.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 186 y 187 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Así lo ordeno y firmo.—El secretario judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “MDM Joyero y Relojero, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de junio de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/21.074/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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