Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 152

Fecha del Boletín 
27-06-2012

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120627-77

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 80

EDICTO

77
Procedimiento 799 de 2011

Doña Ángeles Garrigós Castejón, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 80 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de divorcio contencioso número 799 de 2011, seguido a instancias de doña Soaad Ammour, contra don Abdelfattah El Baissouri, declarado en situación de rebeldía procesal y en ignorado paradero, se ha dictado sentencia de fecha 27 de abril de 2012, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 241 de 2012

En Madrid, a 27 de abril de 2012.—Vistos por la ilustrísima señora doña María Dolores Planes Moreno, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 80 de Madrid, los autos seguidos en este Juzgado al número 799 de 2011, sobre divorcio, a instancias de doña Soaad Ammour, representada por la procuradora doña María Belén Martínez Virgili y asistida del letrado don Antonio José Gallardo Pajuelo, con número de colegiado 45.364, contra don Abdelfattah El Baissouri, declarado en situación de rebeldía procesal.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda formulada por la procuradora señora Martínez Virgili, en nombre y representación de doña Soaad Ammour, contra don Abdelfattah Baissouri, debo declarar y declaro disuelto su matrimonio por divorcio, con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración, con adopción de las medidas que constan en el fundamento jurídico segundo de la presente resolución, y que en aras de la brevedad se tienen aquí por reproducidas.

Sin hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación, ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, en un plazo de veinte días, previa acreditación de haber consignado el depósito establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma a don Abdelfattah El Baissouri y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, extiendo y firmo el presente.

En Madrid, a 29 de mayo de 2012.—La secretaria (firmado).

(03/20.650/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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