Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 152

Fecha del Boletín 
27-06-2012

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120627-190

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALMERÍA NÚMERO 2

EDICTO

190
Procedimiento 162 de 2011

La secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Almería.

Hace saber: Que en este Juzgado se siguen los autos número 162 de 2011, sobre Seguridad Social en materia prestacional, a instancias de “Fremap”, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y “Expone Producción, Sociedad Limitada”, en los que con fecha 16 de mayo de 2012 se ha dictado decreto de suspensión que sustancialmente dice lo siguiente:

Decreto

Secretaria judicial, doña Luisa Escobar Ramírez.—En Almería, a 16 de mayo de 2012.

Antecedentes de hecho:

Primero.—En autos sobre Seguridad Social en materia prestacional número 162 de 2011, a instancias de “Fremap”, frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y “Expone Producción, Sociedad Limitada”, se señaló para la celebración de los actos de conciliación y juicio el día de la fecha.

Segundo.—En el día de hoy ha comparecido la parte Instituto Nacional de la Seguridad Social, estando presente la letrada de “Fremap”, doña Inmaculada Soler Torrecillas, solicitando la suspensión de los actos señalados alegando que se debe ampliar demanda frente al trabajador.

Fundamento de derecho:

Único.—Conforme con lo establecido en el artículo 83 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social en relación con el artículo 188 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, procede acordar la suspensión de los actos señalados, conceder el plazo de cuatro días para ampliar demanda frente al trabajador y fijar nueva fecha para su celebración.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Parte dispositiva:

Acuerdo: Suspender los actos de conciliación y juicio, que venían señalados para el día de hoy, concedo el plazo de cuatro días bajo apercibimiento de archivo para ampliar demanda frente al trabajador y señaló el día 11 de febrero de 2013, a las doce y quince horas de la mañana, expidiéndose al efecto copia del presente para notificar a las partes.

En cuanto a la presencia del secretario judicial a la celebración del juicio oral, estese a lo establecido en el artículo 89.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Y para que sirva de notificación en forma a “Expone Producción, Sociedad Limitada”, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el “Boletín Oficial de la Provincia de Almería”, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

En Almería.—La secretaria judicial (firmado).

(03/19.925/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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