Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 152

Fecha del Boletín 
27-06-2012

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120627-117

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

117
Ejecución 31 de 2012

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 31 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José María Esteo González y doña Olga García Sopeña, contra la empresa “Urbajar, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado decreto estimando recurso de reposición de fecha 22 de mayo de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Procede la estimación del recurso de reposición interpuesto por la parte actora contra el decreto de insolvencia de fecha 12 de abril de 2012 dictado por este Juzgado, dejando sin efecto el mismo, acordando la continuación de la ejecución debiendo reiterar los oficios de embargo de crédito que la ejecutada “Urbajar, Sociedad Limitada”, pudiera tener frente a “Aproma Arrendamientos y Promociones de la Comunidad de Madrid”, del Instituto de la Vivienda de Madrid y del Ayuntamiento de Palma del Río.

Notificar en legal forma a las partes la presente resolución contra la que no cabe recurso alguno.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Urbajar, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 23 de mayo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/20.027/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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