Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 150

Fecha del Boletín 
25-06-2012

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120625-100

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE GETAFE NÚMERO 4

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

100
Procedimiento 579 de 2010

En el procedimiento monitorio número 579 de 2010 se ha dictado el siguiente decreto de 9 de junio de 2011.

Parte dispositiva:

Acuerdo:

1. Archivar el presente procedimiento monitorio instado por la procuradora de los tribunales doña Gloria Rubio Sanz, en nombre y a instancias de “Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid”, frente a don Jesús García Bachiller, y “Garcyller Servicios, Sociedad Limitada Laboral”, por la cantidad de 11.294,76 euros.

2. Dar traslado a la parte actora a fin de que presente demanda de ejecución, en el caso de que desee proceder al despacho de la misma, por la cantidad de 11.294,76 euros.

3. Notificar la presente resolución a las partes, advirtiéndolas de que si cambiasen de domicilio, lo habrán de comunicar inmediatamente al tribunal.

Modo de impugnación: recurso de revisión en el plazo de cinco días ante este tribunal.

Conforme a la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano, un depósito de 25 euros, salvo que el recurrente sea beneficiario de justicia gratuita, el ministerio fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, Entidad Local u organismo autónomo dependiente de alguno de los anteriores.

El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en la cuenta de este expediente, indicando en el campo “concepto”, la indicación “recurso”, seguida del código “01 civil-revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir, tras la cuenta referida, separados por un espacio la indicación “recurso”, seguida del código “01 civil-revisión”.

En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando, en este caso, en el campo observaciones la fecha de la resolución recurrida con el formato dd/mm/aaaa.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Jesús García Bachiller, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Getafe, a 22 de mayo de 2012.—La secretaria (firmado).

(03/19.886/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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