Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 150

Fecha del Boletín 
25-06-2012

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120625-56

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Modificación anexo ordenanza

Aprobada definitivamente la modificación del anexo de la ordenanza de creación, modificación o supresión de ficheros de carácter personal: ficheros actas de Pleno y Junta de Gobierno, una vez transcurrido el plazo de información pública y conforme a lo establecido en la Ley de Bases de Régimen Local, se procede a la publicación íntegra de la misma.

Entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Fichero: ACTAS Y GRABACIONES DE LAS SESIONES DEL PLENO.

Descripción del fichero: libros de actas de las sesiones del Pleno de la Corporación.

Grabación de las sesiones del Pleno municipal mediante sistema de videocámaras, para publicidad a través de la página web del Ayuntamiento, y disponer de un archivo sonoro y gráfico de las sesiones, en ejercicio de las funciones propias del Ayuntamiento y en el ámbito de su competencia.

Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO, PRIMERA TENENCIA DE ALCALDÍA.

Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO, PRIMERA TENENCIA DE ALCALDÍA.

Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: mixto.

Nivel de seguridad: básico.

Datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:

— Nombre, apellidos y dirección de personas que figuran en las actas del Pleno.

— Imágenes y voz de miembros de la Corporación.

Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo:

— Registro y conservación de los libros de actas del Pleno.

— Disponer del archivo, registro y difusión de la imagen y sonido de las sesiones plenarias que podrán ser difundidas a través de la página web del Ayuntamiento como complemento a los soportes documentales del libro de actas de las sesiones del Pleno de la Corporación.

Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resultan obligados a suministrarlos:

— Personas que figuran en las actas.

— Miembros de la Corporación.

Procedencia o procedimiento de recogida de los datos:

— Actas del Pleno de la Corporación.

— Grabación de imágenes y sonido mediante videocámaras para su difusión en la página web durante el plazo de tres meses; transcurrido este plazo serán retiradas.

Órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando las transferencias internacionales:

— Órganos judiciales y administrativos que justificadamente lo soliciten.

— Interesados legítimos.

El artículo 70 de la Ley 7/1985, de 25 de abril, de Bases de Régimen Local, dispone que las sesiones del Pleno de las Corporaciones Locales son públicas.

Fichero: ACTAS JUNTA DE GOBIERNO.

Descripción del fichero: libros de actas de las sesiones de la Junta de Gobierno.

Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO, PRIMERA TENENCIA DE ALCALDÍA.

Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO, PRIMERA TENENCIA DE ALCALDÍA.

Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: mixto.

Nivel de seguridad: básico.

Datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:

— Nombre, apellidos y dirección de personas que figuran en las actas.

Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: registro y conservación de los libros de actas de la Junta de Gobierno.

Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resultan obligados a suministrarlos: personas que figuran en las actas.

Procedencia o procedimiento de recogida de los datos: actas de las sesiones celebradas por la Junta de Gobierno.

Órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando las transferencias internacionales: órganos judiciales y administrativos que justificadamente lo soliciten e interesados legítimos.

Colmenar Viejo, a 5 de junio de 2012.—El alcalde (firmado).

(03/20.703/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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