Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 150

Fecha del Boletín 
25-06-2012

Sección 3.10.20H: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120625-64

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE HOYO DE MANZANARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

64
Modificación ordenanza fiscal

En el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 97, de 24 de abril de 2012, aparece publicado el acuerdo de aprobación inicial de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por licencias urbanísticas exigidas por la legislación del suelo y ordenación urbana, adoptado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el 29 de marzo de 2012.

Durante el plazo de treinta días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación del anuncio en el citado boletín, no se ha presentado ninguna reclamación o sugerencia, por lo que se entiende definitivamente adoptado el acuerdo, procediéndose a la publicación del texto íntegro de la modificación de la ordenanza fiscal que figura en el anexo, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Contra la citada modificación de la ordenanza fiscal podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

ANEXO

MODIFICACIÓN ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LICENCIAS URBANÍSTICAS EXIGIDAS POR LA LEGISLACIÓN DEL SUELO Y ORDENACIÓN URBANA

La modificación afecta al artículo 7, “Tipos de gravamen”, epígrafe séptimo, que quedará redactado de la siguiente forma:

Art. 7. Tipo de gravamen:

“Epígrafe séptimo: para la obtención de la licencia de primera ocupación, las obras y construcciones en general, que así se requiera por aplicación de la norma legal, devengará la cuota tributaria fija por importe de 270,16 euros”.

En Hoyo de Manzanares, a 1 de junio de 2012.—El alcalde, José Ramón Regueiras García.

(03/20.699/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20H: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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