Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 150
Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120625-62
Páginas: 1
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE GETAFE
PERSONAL
En el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 109, correspondiente al día 8 de mayo de 2012, se publicó el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 10 de abril de 2012, por el que se aprobó inicialmente la modificación de la vigente plantilla de personal del Ayuntamiento de Getafe y del Organismo Autónomo “Agencia Local de Empleo y Formación”, según se indica a continuación:
«Primero.—Aprobar inicialmente la modificación de la vigente plantilla de personal del Ayuntamiento de Getafe y del Organismo Autónomo “Agencia Local de Empleo y Formación” para el ejercicio 2012, según se indica a continuación:
— Funcionarios de carrera. Se crea una plaza de oficial mayor, habilitado de carácter estatal, grupo A, subgrupo A1, subescala Secretaría, categoría superior.
Segundo.—Someter el presente expediente de modificación inicial a exposición al público, previo anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, por plazo de quince días hábiles, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones, comenzando el cómputo del plazo de exposición al día siguiente de su publicación en el citado boletín. La modificación inicial de la vigente plantilla de personal tendrá efectos definitivos en el supuesto de que no se produzcan reclamaciones durante el plazo anteriormente indicado».
Durante el plazo de exposición al público (del 9 de mayo al 26 de mayo de 2012, ambos inclusive) no se han presentado reclamaciones contra dicho acuerdo, por lo que la mencionada modificación de plantilla queda aprobada definitivamente de conformidad con los artículos 126.3 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, que aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, y 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Lo que se publica a los indicados efectos, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y para general conocimiento.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dictó, en el plazo de un mes, o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados ambos desde el día siguiente al de esta publicación. En el supuesto de optarse por interponer recurso potestativo de reposición, si no se notificase su resolución en el plazo de un mes, se entenderá desestimado y podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de seis meses, contados desde el día siguiente a aquel en que deba entenderse presuntamente desestimado. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan interponer, en su caso, cualquier otro que estimen procedente.
Getafe, a 4 de junio de 2012.—El concejal-delegado adjunto de Seguridad, Protección Civil, Movilidad y Transportes, Personal y Régimen Interior, José Luis Casarrubios Rey.
(03/20.684/12)