Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 150

Fecha del Boletín 
25-06-2012

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120625-152

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

152
Demanda 692 de 2011

Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 692 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Luis Fernández Freige, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

En Madrid, a 8 de marzo de 2012.

Parte dispositiva:

Por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, regístrese en el libro registro correspondiente.

Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 22 de junio de 2012, a las diez y cincuenta horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en la calle Princesa, número 3, de esta ciudad, debiendo citarse a las partes, con entrega al demandado y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, con la advertencia previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Habiéndose solicitado la prueba se acuerda en su conformidad a los efectos de preparar la prueba que en su momento se propondrá por las partes y que será admitida o rechazada en juicio por su ilustrísima el magistrado-juez si así lo considerase pertinente en el acto del juicio, todo ello de conformidad con el artículo 58 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Reclámese a la entidad gestora o servicio común la remisión de diez días del expediente original o copia del mismo o de la actuaciones y, en su caso, informe de los antecedentes que posea en relación con el contenido de la demanda.

Notifíquese esta resolución a las partes, todo ello de conformidad con los artículos y siguientes de la Ley de Procedimiento Laboral.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así por este decreto lo acuerdo, mando y firmo.—El secretario judicial (firmado).

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don José Luis Fernández Freige, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 4 de junio de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/20.716/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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