Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 150

Fecha del Boletín 
25-06-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120625-145

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

145
Demanda 326 de 2012

Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 326 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Héctor Lino Rivera y don Diego Martín Martínez, contra la empresa “Ocho17 Eficiencia Energética, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Parte dispositiva:

1. Admitir a trámite las demandas registradas con los números 326 y 327 de 2012, presentadas por don Héctor Lino Rivera y don Diego Martín Martínez, contra “Ocho17 Eficiencia Energética, Sociedad Limitada”.

2. Citar a las partes con traslado de la demanda y documentación a la parte demandada, a fin de que comparezcan a la celebración de los actos de conciliación y juicio a cuyo efecto se señalan en única y sucesiva convocatoria para el próximo día 19 de septiembre de 2012, a las once horas, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral en la Sala de audiencias de este Juzgado sito en la calle Princesa, número 3, octava planta, Madrid.

3. En cuanto a la prueba solicitada, se admite la prueba documental referente a la aportación el día del juicio la memoria, balance económico, cuenta de resultados, libros de contabilidad referentes a los años 2010 y 2011.

No se admite el resto de la prueba documental solicitada.

Se admite la prueba de interrogatorio de la parte demandada en la persona del representante de la misma con capacidad para absolver posiciones.

4. Cítese al Fondo de Garantía Salarial.

5. Acumúlese a los autos número 326 de 2012 los autos 327 de 2012 que se siguen ambos en este Juzgado discutiéndose conjuntamente en un solo procedimiento y debiendo resolverse en una sola resolución todas las cuestiones planteadas.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla.

Así por este auto lo acuerda, manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ocho17 Eficiencia Energética, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 1 de junio de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/20.722/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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