Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 149

Fecha del Boletín 
23-06-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120623-50

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

50
Demanda 1.399 de 2011

Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.399 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Mercedes Ríos García, contra la empresa “Agrexco, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 245 de 2012

En Madrid, a 22 de mayo de 2012.—Su señoría ilustrísima doña Mercedes Gómez Ferreiras, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 3 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido, seguidos a instancias de doña Mercedes Ríos García, con documento nacional de identidad número 50080123-S, asistida del letrado don Carlos Miguel Sánchez García, colegiado número 15.359, contra “Agrexco, Sociedad Anónima”, que no comparece.

Fallo

Procede estimar la demanda presentada por la demandante doña Mercedes Ríos García, contra la empresa demandada “Agrexco, Sociedad Anónima”, en reclamación sobre despido, declarar la improcedencia del despido, extinguida la relación laboral en la fecha de esta resolución de conformidad con lo establecido en el artículo 284 de la Ley de Procedimiento Laboral y condenar a la empresa demandada para que en el plazo de cinco días abone a la demandante una indemnización de 87.300 euros, más los salarios de tramitación devengados desde el despido el 31 de octubre de 2011 hasta la fecha de esta sentencia a razón de 93,12 euros por día. Con absolución del Fondo de Garantía Salarial sin perjuicio de sus responsabilidades legales.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, debiendo anunciar su propósito ante este Juzgado en el término de cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, debiendo el recurrente si es empresario aportar el resguardo acreditativo de haber depositado en “Banesto”, sito en la calle Princesa, número 3, de Madrid, entidad 0030, oficina 1143 y número de cuenta corriente 2501/0000/001399/11, el importe del principal y 300 euros.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Agrexco, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 22 de mayo de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/19.484/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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