Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 148

Fecha del Boletín 
22-06-2012

Sección 1.4.75.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120622-29

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO

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RESOLUCIÓN de 18 de mayo de 2012, de la Dirección General de Trabajo, sobre Registro, Depósito y Publicación del acta de 23 de marzo de 2012, por la que se modifican los artículos 35 y 37 del convenio colectivo de la empresa “Mediaset España Comunicación, Sociedad Anónima” (antes “Gestevisión Telecinco”) (código número 28009122011995).

Examinada el acta de la citada fecha por medio de la cual las partes firmantes del convenio colectivo de la empresa “Mediaset España Comunicación, Sociedad Anónima” (antes “Gestevisión Telecinco”), acuerdan la modificación de los artículos 35 y 37 del convenio colectivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.a) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, en el artículo 90.2 y 3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo; en el Decreto 11/2011, de 16 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid; Decreto 98/2011, de 7 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Empleo, y el Decreto 149/2011, de 28 de julio, por el que se regulan sus competencias, esta Dirección General

RESUELVE

1.o Inscribir el acta de 23 de marzo de 2012 en el Registro Especial de Convenios Colectivos de esta Dirección y proceder al correspondiente depósito en este Organismo.

2.o Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de mayo de 2012.—La Directora General de Trabajo, María del Mar Alarcón Castellanos.

En Madrid, a 23 de marzo de 2012.

REUNIDOS

De una parte, en nombre y representación empresarial de “Mediaset España Comunicación, Sociedad Anónima”, en lo sucesivo la empresa; don Luis Expósito Rodríguez, Director de División de Recursos Humanos y Servicios; don Félix Piñera Manso, Director del Área de Relaciones Laborales y Compensación; doña Carmen Blández Peña y doña Mónica San José Jiménez, Técnicas de Relaciones Laborales y Compensación.

Y de otra parte, como representación social de “Mediaset España Comunicación, Sociedad Anónima”; don Martín Miguel Pérez Gil y doña Carmen del Pozo Galán, como Presidente y Secretaria del comité de empresa, en nombre y representación del mismo.

MANIFIESTAN

Primero.—Que el convenio colectivo de “Mediaset España Comunicación, Sociedad Anónima”, ha sido denunciado, y finaliza su vigencia el 31 de diciembre de 2011.

Segundo.—Que la disposición adicional tercera del citado convenio colectivo, que trata acerca de los efectos de la denuncia del convenio, prevé que, denunciado este, y hasta tanto no se logre acuerdo expreso, perderá su vigencia el contenido de los artículos 35 (anticipo especial), y 37 (becas trabajadores), en lo referente a la cuantía del fondo.

ACUERDAN

Primero. Anticipo especial.—La Dirección de la empresa se compromete a dotar un fondo para la concesión de anticipos especiales al personal, destinados a necesidades propias justificadas, por un importe de 53.040 euros, para el período comprendido entre el 23 de marzo de 2012 y el 30 de junio de 2012.

Dicho fondo se aplicará en las condiciones previstas en el artículo 35 del convenio colectivo de “Mediaset España”.

Segundo. Becas trabajadores.—La Dirección de la empresa se compromete a dotar un fondo destinado a la concesión de becas de estudio para sus trabajadores de 50.004,24 euros para el período comprendido entre el 23 de marzo de 2012 y el 30 de junio de 2012.

Dicho fondo se aplicará en las condiciones previstas en el artículo 37 del convenio colectivo de “Mediaset España”.

(03/18.203/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.75.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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