Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 148

Fecha del Boletín 
22-06-2012

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120622-170

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

170
Demanda 509 de 2011

Don Gustavo Adolfo Carasa Antón, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 509 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Milton Henrry Barrera Pavón y don René Rodrigo Uyaguari Suconota, contra la empresa “Aza Sistemas Eléctricos, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva en su tenor literal es la siguiente:

Sentencia número 161 de 2012

En Madrid, a 23 de abril de 2012.—Vistos por la ilustrísima doña María Valvanuz Peña García, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 19 de Madrid y su provincia, en sustitución, los presentes autos sobre ordinario, seguidos con los números 509 y 510 de 2011, acumulados, entre partes: de una, y como demandantes, don Milton Henrry Barrera Pavón y don René Rodrigo Uyaguari Suconota, y de otra, como demandados, las empresas “Promociones y Obras Jomalia, Sociedad Limitada”, y “Electre, Sociedad Anónima”, que no comparecen pese a estar legalmente citadas; “Aza Sistemas Eléctricos, Sociedad Limitada”, que no comparece pese a estar citada en legal forma, y Fondo de Garantía Salarial, en nombre de Su Majestad el Rey ha pronunciado la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando la demanda deducida por don Milton Henrry Barrera Pavón y don René Rodrigo Uyaguari Suconota, contra las empresas “Promociones y Obras Jomalia, Sociedad Limitada”, y “Electre, Sociedad Anónima”, que no comparecen pese a estar legalmente citadas; “Aza Sistemas Eléctricos, Sociedad Limitada”, que no comparece pese a estar citada en legal forma, y Fondo de Garantía Salarial, debo condenar a las empresas codemandadas a abonar solidariamente a los actores las siguientes cantidades:

A don Milton Henry Barrera Pavón: la suma de 1.920,86 euros.

A don René Rodrigo Uyaguari Siconata: la suma de 2.599,62 euros.

Más el interés moratorio legalmente establecido para cada uno de ellos.

En cuanto al Fondo de Garantía Salarial, deberá estar y pasar por la presente declaración.

Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 0030/1846/42/0005001274 en el “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), en la calle Princesa, número 3, primera, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente 2517/0000/00/0509/11).

Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 300 euros en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento 2517/0000/00/0509/11).

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de decreto, auto o sentencia, o se trate de emplazamiento que serán publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Aza Sistemas Eléctricos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el tablón de anuncios de este Juzgado, y en su caso, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de mayo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/19.139/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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