Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 146
Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120620-68
Páginas: 1
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE MORALZARZAL
RÉGIMEN ECONÓMICO
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.9 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública notificación de la resolución de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por el Ayuntamiento de Moralzarzal, a las personas o entidades denunciadas que a continuación se relacionan, ya que, habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, esta no se ha podido practicar.
Estas resoluciones ponen fin a la vía administrativa, por lo que los interesados disponen de un plazo de quince días para hacer efectivo el importe y, transcurrido dicho plazo sin hacerse efectivo, se exigirá por la vía ejecutiva, de acuerdo con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento de Procedimiento Sancionador, Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero.
Por tratarse de un acto firme en la vía administrativa, conforme al artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en relación con el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, cabe interponer los siguientes recursos:
— Potestativo de reposición ante la concejala-delegada de Calidad, Recursos Humanos y Nuevas Tecnologías, en el plazo de un mes, desde el día siguiente al de la publicación del presente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
— Contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Impago de la sanción: transcurrido el plazo indicado desde la firmeza de esta resolución sin hacerse efectiva, se exigirá en vía ejecutiva incrementada con el recargo del 20 por 100 de su importe y, en su caso, los correspondientes intereses de demora.
Forma de pago: en la entidad “Bankia” (sucursal de Moralzarzal), cuenta número 2038-2466-64-6000221829, indicando el número que figura como boletín o el número de recibo.
Moralzarzal, a 24 de mayo de 2012.—El secretario general, Santiago Perdices Rivero.
(02/4.614/12)