Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 146

Fecha del Boletín 
20-06-2012

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120620-105

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 41

EDICTO

105
Procedimiento 1.167 de 2010

Doña María Nieves Ugena Yustos, secretaria del Juzgado de primera instancia número 41 de Madrid.

Hace saber: En el procedimiento seguido en este Juzgado a instancias de “Promotorauno, Sociedad Anónima”, contra “Liceo Artístico Musical Marbella, Sociedad Anónima”, en los autos número 1167 de 2010, se ha dictado la resolución cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora de los Tribunales doña María Belén Montalvo Soto, en nombre y representación de la entidad “Promotorauno, Sociedad Anónima”, contra la entidad “Liceo Artístico Musical Marbella, Sociedad Anónima”, debo declarar y declaro que la actora ha resuelto válida y eficazmente el contrato de compraventa suscrito con la demandada, condenando a la demandada a estar y pasar por dicha declaración, y a devolver a la actora la posesión de los locales objeto de la compraventa resuelta en el plazo legalmente establecido bajo apercibimiento de lanzamiento a su costa; todo ello con expresa imposición de las costas causadas a la parte demandada.

Y como consecuencia del ignorado paradero de “Liceo Artístico Musical Marbella, Sociedad Anónima”, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, a 26 de mayo de 2012.—La secretaria (firmado).

(02/4.850/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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