Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 145

Fecha del Boletín 
19-06-2012

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120619-81

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

81
Modificación dedicación parcial

De conformidad con las determinaciones de los artículos 122.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 43.2.d) del Reglamento Orgánico del Pleno, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 75.5 de la Ley citada, se hace público que el Pleno, en sesión ordinaria de 31 de mayo de 2012, acordó modificar los acuerdos plenarios de 30 de junio de 2011 sobre “determinación de las Concejalías con régimen de dedicación parcial” y “régimen retributivo de los miembros del Pleno” respecto del concejal del GPM Unión Progreso y Democracia, don Enrique López Álvarez, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

“Primero.—Modificar el acuerdo plenario de 30 de junio de 2011, al punto duodécimo, relativo al régimen de dedicación parcial de cargos de este Ayuntamiento, incluyendo en este régimen la Concejalía del GPM UPyD, ostentada por don Enrique López Álvarez, con una dedicación mínima necesaria de doce horas semanales y dedicación parcial tipo “T”.

Segundo.—Modificar el acuerdo plenario de 30 de junio de 2011, al punto decimotercero, relativo a régimen retributivo de los miembros del Pleno, de manera que la fila correspondiente a la Concejalía citada queda en el siguiente sentido:


Tercero.—Publicar el acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y fijarlo en el tablón de anuncios de la Corporación, en los términos del artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril.

Cuarto.—Dar de alta en la Seguridad Social a don Enrique López Álvarez en el régimen y dedicación acordados una vez sea eficaz el acuerdo”.

Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que contra el precedente acuerdo, de conformidad con lo establecido en los artículos 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; 109, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; 8, 46 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, podrá ser recurrido por los interesados potestativamente en reposición ante el Pleno del Ayuntamiento en el plazo de un mes desde su notificación, o impugnado directamente ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a esta notificación o de aquel en que se practique la notificación de la resolución del recurso potestativo de resposición si se hubiera interpuesto, o cualquier otro que considere oportuno en defensa de sus derechos, indicándole que la interposición de recurso no paraliza la ejecutividad de la resolución.

Pozuelo de Alarcón, a 4 de junio de 2012.—La secretaria general del Pleno [Resolución de 16 de septiembre de 1999, “Boletín Oficial del Estado” número 232, de 28 de septiembre de 1999, y disposición adicional quinta.a) de la Ley 57/2003, de 16 de diciembre], Elvira M. C. García García.

(03/19.866/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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