Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 145

Fecha del Boletín 
19-06-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120619-202

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

202
Demanda 266 de 2011

Doña Elena Mónica de Celada Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 29 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 266 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Bourhou Ali, don Mostapha Ahdad, contra don Rui Nangue, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución (sentencia número 95 de 2012):

Fallo

Que estimando la demanda promovida por don Bourhou Ali y don Mostapha Ahdad, frente a don Rui Nangue y Fondo de Garantía Salarial, siendo parte el Fondo de Garantía Salarial, condeno a la empresa demandada a abonarles las sumas reclamadas por importe de 1.496,96 euros para don Ali Bourhou (que incluye una indemnización de 360,60 euros), y 1.342,63 para don Mostapha Ahdad (que incluye una indemnización de 285,95 euros), así como el 10 por 100 de interés de demora sobre la respectiva deuda salarial desde la fecha de presentación de la papeleta de conciliación.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Rui Nangue, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de mayo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/18.738/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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