Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 145
Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120619-176
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 22
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Ana María Olalla del Olmo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 22 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 34 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Sara María Sáez Grande, contra la empresa “Planeurss, Sociedad Anónima”, sobre despido, se dictó auto de fecha 14 de mayo de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Dispongo: Se despacha la ejecución general y definitiva de la sentencia dictada en el presente procedimiento a favor de doña Sara María Sáez Grande, contra “Planeurss, Sociedad Anónima”, por cantidad de 79.708 euros de principal, más la de 4.782 euros y 7.970 euros calculados y provisionalmente para garantizar el pago de intereses y costas.
Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial por si fuera de su interés comparecer en el proceso (artículo 23 de la Ley de Regulación de la Jurisdicción Social), haciéndoles saber que frente a esta resolución cabe recurso de reposición en el plazo de tres días, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva y otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieren acaecido con posterioridad a la constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.
Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros, y si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:
a) Mediante consignación en la “Cuenta de consignaciones” del Juzgado, número de cuenta corriente 2387, en la entidad bancaria “Banesto”, calle Princesa, número 2.
b) Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los veinte dígitos obligatorios 0030/1033/40/0000000000, indicando el número de cuenta corriente 2387, el número de procedimiento y la persona o empresa que hace el ingreso.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Planeurss, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 14 de mayo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/18.470/12)