Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 142
Sección 1.2.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120615-3
Páginas: 4
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA
Mediante Orden de 4 de abril de 2003, de la entonces Consejería de Justicia y Administraciones Públicas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 8 de mayo), se convocaron pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Administración Especial, Especialidad de Turismo, Grupo C (actual subgrupo C1), de la Comunidad de Madrid, habiendo finalizado dicho proceso selectivo por Resolución de 11 de enero de 2005, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de enero).
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 4 del Decreto 50/2001, de 6 de abril, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario en la Administración de la Comunidad de Madrid, y en la base decimotercera de la señalada Orden, por Resolución de 9 de febrero de 2005, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 23 de febrero), se aprobó e hizo pública la lista de espera provisional a efectos de la selección de funcionarios interinos de la citada Especialidad, y se requirió la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigibles para el acceso a la misma a los 50 primeros integrantes de la referida lista, verificándose por este Centro directivo dicho cumplimiento. Posteriormente, mediante Resolución de 1 de abril de 2005, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 12 de abril), se aprobó la composición definitiva-parcial formada por un total de 32 aspirantes que presentaron en el plazo y forma establecidos la documentación requerida, todo ello según lo preceptuado en el aludido Decreto 50/2001, de 6 de abril.
Por otra parte, de conformidad con lo dispuesto en el apartado final de la base decimotercera de la Orden de convocatoria, en el supuesto de agotarse la lista de espera aprobada y siempre que existan candidatos que, habiendo alcanzado la calificación mínima de 4 puntos en el primer ejercicio de la oposición, no se hayan integrado en la lista inicial, la Dirección General de Función Pública podrá ampliar dicha lista con el número de candidatos que resulte conveniente en función de las necesidades del servicio.
En este sentido, en el punto quinto de la anteriormente indicada Resolución de 9 de febrero de 2005, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 23 de febrero), se establecía que “Por motivos de organización administrativa y para garantizar la gestión eficaz de la mencionada lista, en el supuesto de agotarse la lista de espera aprobada y según se señala en la base decimotercera de la convocatoria, podrá ampliarse mediante Resolución publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID dicha lista con el número de candidatos que resulte conveniente en función de las necesidades del servicio, siempre que existan aspirantes que habiendo alcanzado la calificación mínima de 4 puntos en el primer ejercicio no hayan integrado la lista inicial. A tal efecto se relaciona en el Anexo III listado de los aspirantes de los turnos libre y discapacidad que hayan obtenido dicha calificación mínima exigida”.
En consecuencia, en el ejercicio de la habilitación conferida por el último apartado de la base decimotercera de la Orden de convocatoria, en relación con lo dispuesto en el citado punto quinto de la Resolución de 9 de febrero de 2005, se procede mediante la presente Resolución a ampliar la referida lista de espera, y a requerir la documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos al resto de aspirantes incluidos en el Anexo III aludido anteriormente.
En virtud de cuanto antecede, y en uso de las facultades que tiene legalmente atribuidas, esta Dirección General de Función Pública
HA RESUELTO
Primero
Aprobar y publicar, como Anexo I de la presente Resolución, la relación provisional-parcial de integrantes de la lista de espera para la cobertura de puestos vacantes por funcionarios interinos del Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Administración Especial, Especialidad de Turismo, Grupo C (actual subgrupo C1), de la Comunidad de Madrid, derivada del proceso selectivo convocado por Orden de 4 de abril de 2003, de la entonces Consejería de Justicia y Administraciones Públicas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 8 de mayo).
Segundo
Requerir a los integrantes de la mencionada lista de espera relacionados en el Anexo I de esta Resolución la presentación, en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la misma en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de los documentos que se indican a continuación:
— Fotocopia debidamente compulsada del documento nacional de identidad o, en su caso, de la documentación que pudiera corresponder, de conformidad con lo dispuesto en la base 10.1.A) de la supracitada Orden de 4 de abril de 2003.
— Fotocopia debidamente compulsada de cualquiera de las titulaciones previstas en la base 2.1.c) de la Orden de convocatoria (“Titulación LGE 1970: Bachiller Superior, Formación Profesional de segundo grado o equivalente; titulación LOGSE 1990: Bachillerato, Técnico Especialista o equivalente”), o certificación académica compulsada que acredite haber realizado y aprobado los estudios completos correspondientes para la expedición de dichos títulos.
En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá presentarse la documentación acreditativa de su homologación.
La documentación requerida habrá de estar referida siempre a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias del correspondiente proceso selectivo (28 de mayo de 2003), y podrá presentarse a través de los registros que figuran en el Anexo II de esta Resolución, o en cualquiera de los lugares y formas establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Se adjunta a la presente Resolución, como Anexo III, modelo de solicitud que puede ser cumplimentado por los aspirantes a estos efectos.
Tercero
A los integrantes de la citada lista de espera provisional que en el plazo establecido anteriormente no hubieran presentado la documentación requerida, o la misma no estuviera debidamente compulsada, se les declarará decaídos en su derecho a formar parte de la lista de espera definitiva.
Cuarto
Una vez comprobado el cumplimiento de los referidos requisitos, esta Dirección General de Función Pública aprobará la lista de espera definitiva y ordenará su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Quinto
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, recurso de alzada ante la Dirección General de Función Pública o ante la Consejería de Presidencia y Justicia, conforme a lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, a 28 de mayo de 2012.—El Director General de Función Pública, Miguel Ángel López González.
(03/20.881/12)

