Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 142
Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120615-144
Páginas: 1
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.411 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Martha Cecilia Mora Naula, contra la empresa “Axom Piqueras, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:
En nombre del Rey ha dictado la siguiente
Sentencia número 200 de 2012
En Madrid, a 10 de abril de 2012.—Su señoría ilustrísima doña Mercedes Gómez Ferreras, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 3 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido, seguidos a instancias de doña Martha Cecilia Mora Naula, asistida del letrado don César Almira Brea, colegiado número 40.025, contra “Axom Piqueras, Sociedad Limitada”, que no comparece, no obstante estar citada en legal forma.
Fallo
Procede estimar la demanda presentada por la demandante doña Martha Cecilia Mora Naula, contra la empresa demandada “Axom Piqueras, Sociedad Limitada”, en reclamación sobre despido, declarar la improcedencia del despido y extinguida la relación laboral en la fecha de esta resolución de acuerdo con lo establecido en el artículo 286.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, condenando a la empresa demandada a que abone a la demandante la cantidad de 2.178,75 euros en concepto de indemnización, más el abono de los salarios de tramitación devengados desde el despido de 11 de noviembre de 2011 hasta la fecha de esta sentencia a razón de un salario día de 29,05 euros.
Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, debiendo anunciar su propósito ante este Juzgado en el término de cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, debiendo el recurrente si es empresario aportar el resguardo acreditativo de haber depositado en “Banesto”, sito en la calle Orense, número 19, de Madrid, entidad 0030, oficina 1143 y número de cuenta corriente 2501/0000/00/ 1411/11, el importe del principal y 300 euros.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Axom Piqueras, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 10 de mayo de 2012.—El secretario judicial (firmado).
(03/18.401/12)

