Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 141

Fecha del Boletín 
14-06-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120614-263

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

263
Demanda 1.223 de 2011

Doña Elena Mónica de Celada Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 29 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.223 de 2011, sentencia número 216 de 2012, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Luis Juan Lunahuana Guzmán, contra la empresa “Decohe Ingeniería, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Luis Juan Lunahuana Guzmán, contra “Decohe Ingeniería, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro la improcedencia del despido de fecha 23 de septiembre de 2011 del que el demandante fue objeto, condenando a la demandada “Decohe Ingeniería, Sociedad Limitada”, a pagar al demandante don Luis Juan Lunahuana Guzmán las siguientes cantidades:

Indemnización: 2.691,83 euros.

Salarios de tramitación: 10.929,15 euros.

Declarando extinguida la relación laboral que les unía con efectos del día 26 de abril de 2012.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en el “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), de la calle Orense, número 19, de Madrid, a nombre de este Juzgado con el número 280212232011, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en el “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), de la calle Orense, número 19, de Madrid, a nombre de este Juzgado con el número 280212232011 la cantidad bruta objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Decohe Ingeniería, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de abril de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/17.955/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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