Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 141

Fecha del Boletín 
14-06-2012

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120614-196

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

196
Ejecución 270 de 2011

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 270 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Miguel Valiente Alberola, contra las empresas “Astunosa Gestión y Servicios, Sociedad Limitada”, y “Viajes Promochina, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado resoluciones, cuyas partes dispositivas son las siguientes:

Parte dispositiva:

Desestimar el recurso de reposición interpuesto por don José Miguel Valiente Alberola, contra el auto de fecha 17 de enero de 2012 manteniéndolo en todos sus términos.

Modo de impugnación: no cabe recurso alguno.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, doña María José Ceballos Reinoso.

Parte dispositiva:

Declarar no haber lugar al incidente de nulidad de actuaciones interesado por los motivos expuestos en la presente resolución.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnarla: contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Astunosa Gestión y Servicios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 10 de mayo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/18.281/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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