Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 140

Fecha del Boletín 
13-06-2012

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120613-133

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MURCIA NÚMERO 3

EDICTO

133
Ejecución 31 de 2012

Doña Concepción Montesinos García, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 3 de Murcia.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 31 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ana Eliane Moscoso Tufiño, contra la empresa “Almacenes Latinos de Europa, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado resoluciones, cuyas partes dispositivas son las siguientes:

Auto

Magistrada-juez de lo social, doña Lourdes Gollonet de Trespalacios.—En Murcia, a 24 de abril de 2012.

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante doña Ana Eliane Moscoso Tufiño, frente a “Almacenes Latinos de Europa, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe de 5.497,11 euros en concepto de principal (equivalente a la cantidad fijada en sentencia, más los intereses legales del 10 por 100 de dicha cantidad conforme a lo establecido en el artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores), más otros 549,71 euros que se fijan provisionalmente en concepto de costas de ejecución, sin perjuicio de su posterior liquidación.

El presente auto, junto con el decreto que dictará la secretaria judicial y copia de la demanda ejecutiva serán notificados simultáneamente a la parte ejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, quedando la ejecutada apercibida a los efectos mencionados en los razonamientos jurídicos tercero y cuarto de esta resolución, y conforme disponen los artículos 251.2 y 239.3 de la Ley de la Jurisdicción Social.

Así lo acuerda y firma su señoría.—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Decreto

Secretaria judicial, doña Concepción Montesinos García.—En Murcia, a 8 de mayo de 2012.

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: El embargo telemático de las posibles devoluciones pendientes de la Agencia Tributaria de Murcia a la ejecutada “Almacenes Latinos de Europa, Sociedad Limitada”, para asegurar su responsabilidad hasta cubrir las cantidades reclamadas.

El embargo de las cuentas corrientes que la ejecutada “Almacenes Latinos de Europa, Sociedad Limitada”, mantiene en las entidades bancarias que a continuación se dirán, librándose los despachos necesarios para ello:

«Banco CAM», número de cuenta 2090/5513/03/0200075807.

Para el caso de pago se designa la “Cuenta de depósitos y consignaciones” correspondiente a la UPAD Social 3 número 3094/0000/64/0031/12, abierta en “Banesto”.

Notifíquese a las partes.—La secretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Almacenes Latinos de Europa, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Murcia, a 8 de mayo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/17.709/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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