Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 140

Fecha del Boletín 
13-06-2012

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120613-70

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NAVACERRADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

70
Modificación acuerdo

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión de fecha 31 de mayo de 2012, adoptó el siguiente acuerdo de modificación del acuerdo regulador de los precios públicos por utilización de instalaciones, prestación de servicios y realización de actividades del Ayuntamiento de Navacerrada:

Primero.—La modificación del acuerdo regulador de los precios públicos por utilización de instalaciones, prestación de servicios y realización de actividades del Ayuntamiento de Navacerrada.

Quedando el apartado 1 del anexo II de la siguiente manera.

ANEXO II

ACTIVIDADES DE INTERÉS CULTURAL O SOCIAL

La cuantía de los precios públicos será la fijada en las tarifas contenidas en los apartados siguientes, para cada uno de los distintos servicios o actividades. En todos los casos, los importes señalados incluyen el impuesto sobre el valor añadido, en caso de que proceda de acuerdo con la normativa vigente.


El cobro de estos importes será incompatible con el cobro de las tasas previstas en la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización de las instalaciones y servicios municipales y otros servicios análogos, por tratarse en estos casos de actividades no organizadas por el Ayuntamiento de Navacerrada.

Segundo.—Publicar la modificación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para su general conocimiento, momento en el cual entrarán en vigor.

En Navacerrada, a 31 de mayo de 2012.—La alcaldesa, Izaskun Urgoiti Bernal.

(03/19.027/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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