Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 139
Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120612-124
Páginas: 1
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En los autos número 290 de 2012, seguidos ante este Juzgado de lo social a instancias de doña Paloma Torra Bravo, contra “Instituto de Matemáticas y Computación, Sociedad Anónima”, con fecha 27 de abril de 2012, y por su señoría ilustrísima se ha dictado la sentencia número 267 de 2012, cuya copia literal es la siguiente:
Sentencia número 267 de 2012
En Madrid, a 27 de abril de 2012.—Doña Ofelia Ruiz Pontones, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 18 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido y cantidad, entre partes: de una, y como demandante, doña Paloma Torra Bravo y doña María Desiree Cervantes Muñoz, y de otra, como demandados, “Instituto de Matemáticas y Computación, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:
Fallo
1. Estimando las demandas, declaro improcedente el despido y extinguida la relación laboral y condeno a la empresa “Instituto de Matemáticas y Computación, Sociedad Anónima”, a abonar:
A doña Paloma Torra Bravo:
Como indemnización: 575,94 euros.
Como salarios de tramitación: 2.304 euros.
A doña María Desiree Cervantes Muñoz:
Como indemnización: 750,73 euros.
Como salarios de tramitación: 2.420,82 euros.
2. Estimando las demandas de cantidad, condeno a la empresa “Instituto de Matemáticas y Computación, Sociedad Anónima”, a abonar:
A doña Paloma Torra Bravo: 1.564,01 euros, más 52 euros en concepto de interés por mora.
A doña María Desiree Cervantes Muñoz: 1.763,59 euros, más 58,55 euros en concepto de interés por mora.
Notifíquese esta sentencia a las partes, a las que se hará saber que contra la misma podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que deberá ser anunciado mediante escrito en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados a partir del siguiente de notificación de la sentencia, y para ello, si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita, deberá consignar la cantidad de 300 euros en la cuenta número 2516, así como la cantidad importe de la condena en la cuenta número 2516, clave 65, que tiene abierta este Juzgado en “Banesto”, calle Princesa, número 3, de Madrid, número de banco 0030, número de agencia 1033, DC 40, indicando número de procedimiento para su localización.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en forma a “Instituto de Matemáticas y Computación, Sociedad Anónima”, expido y firmo la presente cédula.
En Madrid, a 3 de mayo de 2012.—El secretario judicial (firmado).
(03/17.577/12)