Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 139

Fecha del Boletín 
12-06-2012

Sección 1.3.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120612-2

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

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ORDEN de 24 de mayo de 2012, por la que se hace pública la declaración del crédito presupuestario disponible para financiar la compensación fiscal para el año 2012, de determinadas tasas municipales vinculadas al inicio de sus respectivas actividades profesionales o empresariales.

Mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno de 24 de mayo de 2012 se aprobaron las normas del procedimiento para la compensación fiscal, para el año 2012, de determinadas tasas municipales que sean exigibles a las personas físicas que ejerzan actividades económicas y a las empresas de reducida dimensión por razón de la prestación de servicios o realización de actividades administrativas vinculadas al inicio de sus respectivas actividades profesionales o empresariales, al amparo de lo dispuesto en el artículo 4.5.c), apartado 1.o, de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, en la redacción dada por la Ley 6/2001, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 4.5.c), apartado 1.o, de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, corresponde al órgano concedente de las ayudas la publicación de la declaración de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1.a) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, compete al Consejero de Economía y Hacienda la concesión de las ayudas incluidas en el Anexo del citado Acuerdo de Consejo de Gobierno.

En consecuencia, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por las disposiciones vigentes,

DISPONGO

Declarar disponible el crédito presupuestario para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de la concesión de las ayudas que se regulan en el Anexo del Acuerdo de Consejo de Gobierno de 24 de mayo de 2012, destinadas a financiar la compensación fiscal para el año 2012 de determinadas tasas municipales que sean exigibles a las personas físicas que ejerzan actividades económicas y a las empresas de reducida dimensión por razón de la prestación de servicios o realización de actividades administrativas vinculadas al inicio de sus respectivas actividades profesionales o empresariales, por un importe de 1.220.000 euros con cargo a la partida 49070 “Compensación Fiscal Tasas Municipales Inicio de Actividad” del programa 161 de la Dirección General de Economía, Estadística e Innovación Tecnológica de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2012.

En Madrid, a 24 de mayo de 2012.

El Consejero de Economía y Hacienda, PERCIVAL MANGLANO ALBACAR

(03/20.054/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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