Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 139

Fecha del Boletín 
12-06-2012

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120612-46

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE REDUEÑA

RÉGIMEN ECONÓMICO

46
Modificación y creación ordenanzas fiscales

Advertido error material en la ordenanza número 14 (impuesto sobre actividades económicas), en el artículo 9, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del 19 de abril de 2012, se procede a su corrección:

— Donde dice: “Se establece el coeficiente de situación en un 1 por 100, sin distinción de calles”.

— Debe decir: “Se establece el coeficiente de situación en un 0,4 por 100, sin distinción de calles”.

Asimismo, advertido error por omisión en la ordenanza número 11 (impuesto sobre bienes inmuebles) en el artículo 3 se subsana incluyendo las siguientes exenciones:

— Urbana: cuotas inferiores a 6,01 euros.

— Rústica: cuotas inferiores a 12,02 euros.

En Redueña, a 24 de mayo de 2012.—La alcaldesa, María de las Mercedes Pérez González.

(03/19.800/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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