Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 138

Fecha del Boletín 
11-06-2012

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120611-75

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 96

EDICTO

75
Procedimiento ordinario 1.974 de 2010

En el procedimiento ordinario número 1.974 de 2010, sobre otras materias, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia

Vistos por doña Begoña Álvarez García, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 96 de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario seguidos ante este Juzgado bajo el número 1.974 de 2010, a instancias de “Caixarenting, Sociedad Limitada”, representada por la procuradora doña Elena María Medina Cuadros y asistida del letrado don Manuel Medina González, frente a “Abascal 64, Sociedad Limitada”, y don Ignacio Gil de Biedma Villalonga, vengo a resolver conforme al siguiente

Fallo

Estimo la demanda formulada por la procuradora de los tribunales doña Elena María Medina Cuadros, en nombre y representación de “Caixarenting, Sociedad Limitada”, contra “Abascal 64, Sociedad Limitada”, y don Ignacio Gil de Biedma Villalonga, y condeno a la parte demandada a la entrega y puesta a disposición de la actora del vehículo objeto de arrendamiento, marca “Hyundai” Santa Fe 7 ST 2.2 CRDI 4.4 AUT, bastidor KMHSH81WP7U173979 y matrícula 3025FRY, y que le abonen solidariamente la suma de 7.802,845 euros, más 220,69 euros de intereses pactados y vencidos, más los que se devenguen con posterioridad hasta el completo pago de la deuda, con imposición de las costas a los demandados.

Así por esta mi sentencia, cuyo original se llevará al libro de sentencias de este Juzgado, dejando en las actuaciones testimonio literal de las mismas, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Contra esta sentencia, que no es firme, cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días, ante este Juzgado. El recurso deberá anunciarse por escrito en el plazo de cinco días, debiendo consignar en la cuenta del Juzgado, código de cuenta 4974, la cantidad de 50 euros en concepto de depósito para recurrir, indicándose la clase y número de procedimiento y la fecha de la resolución recurrida. No se admitirá a trámite este recurso si no se constituye este depósito, lo que deberá acreditarse ante este Juzgado mediante la presentación de copia del resguardo u orden de ingreso.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 497 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica la sentencia de fecha 25 de abril de 2011 a “Abascal 64, Sociedad Limitada”, y don Ignacio Gil de Biedma Villalonga.

En Madrid, a 7 de marzo de 2012.—La secretaria (firmado).

(02/4.469/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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