Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 135

Fecha del Boletín 
07-06-2012

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120607-185

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

185
Demanda 938 de 2010

Don Gustavo Adolfo Carasa Antón, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 938 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Andrés Campusano de la Rosa, contra la empresa “Blother 2007, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Andrés Campusano de la Rosa, contra la empresa “Blother 2007, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a la actora la suma de 980,19 euros por los conceptos de su demanda, más el 10 por 100 de interés de mora.

En cuanto al Fondo de Garantía Salarial deberá estar y pasar por la presente declaración.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que la misma es firme y frente a ella no cabe interponer recurso.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Blother 2007, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el tablón de anuncios de este Juzgado, y en su caso, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 3 de mayo de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/17.138/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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