Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 133
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120605-89
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 44
EDICTO
En el presente procedimiento ordinario número 1.150 de 2010, seguido a instancias de “Banco Pastor, Sociedad Anónima”, frente a “Aerojets Cénter, Sociedad Limitada”, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
Fallo
Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda formulada por la procuradora doña Isabel Afonso Rodríguez, en nombre y representación de la entidad “Banco Pastor, Sociedad Anónima”, contra la empresa “Aerojets Cénter, Sociedad Limitada”, y en consecuencia, debo declarar resueltos por incumplimiento del arrendatario los contratos de arrendamiento financiero números 501/40017850, 0501/40017851 y 0501/40017853, todos ellos de fecha 6 de junio de 2008, declarando extinguido el derecho de opción de compra existente a favor de “Aerojets Cénter, Sociedad Limitada”, desde la fecha de la presente resolución. Además, debo condenar y condeno a la demandada a la devolución a la actora de toda la maquinaria objeto de los tres contratos de arrendamiento financiero, descritos en los hechos tercero, sexto y noveno de la demanda, reintegrando a la actora en su pacífica posesión, para lo cual deberá realizar cuanto sea necesario para su entrega a la actora o, en su defecto, manifestar la concreta localización de las mismas a efectos de materializar su puesta a disposición de la actora. Debo, igualmente, condenar a la parte demandada a abonar a la actora la cantidad de 61.299,40 euros, correspondiente a:
a) Al contrato de arrendamiento financiero número 0501/40017850, que se desglosa en la cantidad de 564,86 euros en concepto de vencido impagado y en concepto de indemnización la cantidad de 6.811,74 euros.
b) Al contrato de arrendamiento financiero número 0501/40017851, que se desglosa en la cantidad de 612,86 euros en concepto de vencido impagado y en concepto de indemnización la cantidad de 7.359,56 euros.
c) Al contrato de arrendamiento financiero número 0501/40017853, que se desglosa en la cantidad de 7.749,49 euros en concepto de vencido impagado y en concepto de indemnización la cantidad de 38.200,89 euros.
Debo condenar también a la demandada a abonar a la actora el importe de las cuotas vencidas y no pagadas desde la fecha de cierre y liquidación de las cuentas de los contratos, eso es, desde el 6 de abril de 2009 hasta la reintegración de los bienes objeto de los contratos de arrendamiento financiero, así como al abono de los intereses de demora conforme a lo establecido en la condición general quinta.1), comisiones desde la fecha de cierre de cuenta (el 6 de abril de 2009) hasta la reintegración de los bienes de la actora.
Finalmente, procede condenar a la demandada al abono de las costas causadas.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de los veinte días siguientes a su notificación.
Y encontrándose dicha demandada “Aerojets Cénter, Sociedad Limitada”, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a la misma.
Madrid, a 8 de mayo de 2012.—La secretaria (firmado).
(02/4.149/12)

