Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 133

Fecha del Boletín 
05-06-2012

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120605-84

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 12

EDICTO

84
Menor cuantía 491 de 1999

El secretario del Juzgado de primera instancia número 12 de Madrid.

Hace saber: Que en el procedimiento de menor cuantía número 491 de 1999, sobre otras materias, se ha dictado el día 7 de mayo de 2002 sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 163 de 2002

En Madrid, a 7 de mayo de 2002.—Don César Rubio Marzo, magistrado-juez de primera instancia del número 12 de los de Madrid, habiendo visto los presentes autos de juicio de menor cuantía seguidos en este Juzgado al número 491 de 1999, a instancias de don Eduardo Gómez Aparicio, con domicilio en Leganés (Madrid), avenida del Rey Juan Carlos I, número 108, con documento nacional de identidad número 1598910-L, representado por el procurador de los tribunales don Felipe de Juanas Blanco, contra don Alfonso García Serrano, que fue emplazado por edictos; contra doña Francisca Cano Martín, con domicilio en Madrid, calle Marcelo Usera, número 120, con documento nacional de identidad número 1.547.064, representada por la procuradora de los tribunales, doña María Esperanza Álvaro Mateo; contra don Andrés Luis Mogollón David, con domicilio en Madrid, calle Nuestra Señora Araceli, número 3, segundo A, y documento nacional de identidad número 7794407-Y, que se allanó a la demanda, y contra “Bankinter, Sociedad Anónima”, domiciliada en Madrid, paseo de la Castellana, número 29, con cédula de identificación fiscal número A-28157360, representada por la procuradora de los tribunales doña Rocío Sampere Meneses.

Fallo

Que estimando como estimo la demanda interpuesta por el procurador de los tribunales don Felipe Juanas Blanco, en representación de don Eduardo Gómez Aparicio, contra doña Francisca Cano Martín, don Andrés Luis Mogollón Mateo, don Alfonso García Serrano y “Bankinter, Sociedad Anónima”, debo declarar y declaro el dominio de la parte actora sobre la vivienda sita en la calle Santoña, número 56, tercero A, de esta ciudad, y, en consecuencia, debo declarar y declaro la nulidad de los contratos e inscripciones registrales de compraventa e hipoteca realizados con posterioridad a la fecha de su adquisición que lo fue el día 15 de abril de 1983, procediéndose una vez firme la presente resolución a expedir los correspondientes mandamientos cancelatorios de las referidas inscripciones. Procede, igualmente, condenar a los demandados al pago de las costas causadas en la tramitación del presente procedimiento.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Alfonso García Serrano se extiende la presente para que sirva de notificación.

Madrid, a 3 de mayo de 2012.—El secretario (firmado).

(02/4.371/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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