Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 133
Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120605-208
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María Luisa García Tejedor, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 30 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 83 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Tirado Sánchez, doña Amalia Hidalgo Manzano, doña Silvia Parra Aranda, doña Gema Ascensión Serrano García, doña Irene Perote Román, doña Laura Jiménez González, doña Manuela Lafuente Guerrero, doña Rosa María Castro Balsera y doña María del Carmen Simón Aguilar, contra “Gestión y Desarrollo de Iniciativas Fundacionales, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución de fecha 24 de abril de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Parte dispositiva:
Proceder a la ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución solicitada por doña María del Carmen Simón Aguilar, contra “Gestión y Desarrollo de Iniciativas Fundacionales, Sociedad Limitada”, por un importe de 2.019,49 euros de principal, más 323,12 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente, sin que haya lugar al incremento del 10 por 100 de mora al no haber sido objeto de condena.
Por lo que a la vista de lo que antecede se tiene por ampliada la ejecución en cuanto al importe reclamado por la cuantía de 17.562,86 euros de principal, más 2.810,06 euros presupuestados para intereses y costas.
Estándose al resultado de lo acordado en decreto de fecha 4 de abril de 2012, en cuanto a averiguación patrimonial.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnarla: contra la misma cabe recurso de reposición en el plazo de tres días (artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social), expresando la infracción cometida y las causas de oposición a la ejecución de que disponga la parte (artículos 551, 556 y 559 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Haciéndoles saber que deberá consignarse previamente a la interposición del recurso indicado el depósito de 25 euros, en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto”, con número 2803, entidad 0030, agencia 1033, sita en la calle Princesa, número 2, de Madrid, y que no se admitirá recurso alguno sin dicho depósito, debatiéndose acreditar el mismo con el escrito de interposición de recurso, siendo admisible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o no tenga reconocido beneficio de justicia gratuita, quedando también exento de dicho depósito el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de todos ellos (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, “Boletín Oficial del Estado” de 4 de noviembre de 2009).
Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Gestión y Desarrollo de Iniciativas Fundacionales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y su colocación en el tablón de edictos de este Juzgado.
En Madrid, a 24 de abril de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/16.647/12)

