Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 133

Fecha del Boletín 
05-06-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120605-127

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

127
Demanda 1.333 de 2011

Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.333 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Dorina Cordodel, contra la empresa “JL Súper Más Ahorro, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 229 de 2012

En Madrid, a 24 de abril de 2012.—Su señoría ilustrísima doña Mercedes Gómez Ferreras, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 3 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido, seguidos a instancias de doña Dorina Cordodel, asistida de la letrada doña María José Carrero García, colegiada número 54.258, contra “JL Súper Más Ahorro, Sociedad Limitada”, que no comparece, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Procede estimar la demanda presentada por la actora doña Dorina Cordodel, contra la empresa demandada “JL Súper Más Ahorro, Sociedad Limitada”, declarar la improcedencia del despido y extinguida la relación laboral con efectos del día de hoy, y condenar a la empresa demandada a que abone a la demandante la indemnización de 1.960,80 euros, más los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido producido el día 3 de octubre de 2011 hasta la fecha de esta resolución, a razón de 32,08 euros/día. Con absolución del Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de sus responsabilidades legales.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, debiendo anunciar su propósito ante este Juzgado en el término de cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, debiendo el recurrente si es empresario aportar el resguardo acreditativo de haber depositado en “Banesto”, sito en la calle Orense, número 19, de Madrid, entidad 0030, oficina 1143 y número de cuenta corriente 2501/0000/00/1333/11, el importe del principal y 300 euros.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “JL Súper Más Ahorro, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de abril de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/16.666/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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