Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 133

Fecha del Boletín 
05-06-2012

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120605-108

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ALCORCÓN NÚMERO 1

EDICTO

108
Juicio de faltas 147 de 2011

Doña Ana Isabel García García, secretaria del Juzgado de instrucción número 1 de Alcorcón.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 147 de 2011 se ha dictado sentencia en fecha 5 de octubre de 2011, cuyo encabezamiento, hechos probados y fallo son del tenor literal siguiente:

Encabezamiento

Vistos por la magistrada-juez sustituta del Juzgado de instrucción número 1 de Alcorcón, ilustrísima señora doña María Rosa Rodríguez Jackson, los presentes autos de juicio de faltas registrados con el número 147 de 2011, por una presunta falta de estafa/hurto, y en los que han sido partes: el ministerio fiscal, en representación de la acción pública; don Juan José Viejo Mora, como denunciante, y don Juan Carlos de Cabo Oñate, en concepto de denunciado.

Hechos probados:

Que el 14 de abril de 2011, a las dieciséis y diez horas, en la estación de servicio Campodón (gasolinera “BP”), sita en la carretera M-506, kilómetro 4,900, de este partido judicial, don Juan Carlos de Cabo Oñate, quien venía conduciendo el vehículo “Renault” 21 matrícula M-2388-NN, repostó gasolina sin plomo 95 en una cantidad de 51 euros. Entregando una tarjeta para pago al dependiente, don Juan José Viejo Mora, que fue denegada, se rellenó un impreso de impago que no fue firmado, entregando fotocopia del documento nacional de identidad número y comprometiéndose a pagar, lo que no ha verificado al día de la fecha.

Fallo

Que debo condenar y condeno a don Juan Carlos de Cabo Oñate, como autor de una falta de estafa del artículo 623.4 del Código Penal, a la pena de dos meses de multa, con una cuota diaria de 10 euros, con un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas en caso de impago voluntario o por vía de apremio (treinta días de localización permanente) y a que indemnice a “Estación de Servicio Campodón, Sociedad Limitada”, en la cantidad de 51 euros, condenándole, asimismo, al abono de las costas causadas en esta instancia.

Contra la presente cabe recurso de apelación, en ambos efectos, para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia al ministerio fiscal y demás partes.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Juan Carlos de Cabo Oñate, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de la Comunidad de Madrid y en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido la presente en Alcorcón, a 19 de abril de 2012.—La secretaria (firmado).

(03/16.575/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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