Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 131

Fecha del Boletín 
02-06-2012

Sección 1.4.75.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120602-4

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO

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RESOLUCIÓN de 9 de mayo de 2012, de la Dirección General de Trabajo, por la que se da publicidad al acuerdo alcanzado por la empresa “Ingesan, Sociedad Anónima Unipersonal”, y representante legal de los trabajadores y representante Federal de AA DD-CC OO Madrid (PCM-0168/2012).

Vista el Acta de la Mediación entre las citadas partes, que ha tenido lugar ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de dicho Instituto y en el artículo 2.1.h) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, esta Dirección General

RESUELVE

Proceder a la publicación obligatoria y gratuita del presente Anexo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 9 de mayo de 2012.—La Directora General de Trabajo, María del Mar Alarcón Castellanos.

Expediente número PCM-0168/2012.

En Madrid, a las nueve cuarenta y cinco horas del martes 13 de marzo de 2012.—Ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, compuesto por:

Presidente: Don Salustiano Forteza Sánchez.

Vocal: Don Ángel García Marco.

Vocal: Don Pedro Murga Ulibarri.

Vocal: Doña Isabel Taboada López.

Secretaria: Doña Josefa Díez Arribas.

Ha sido presentada solicitud de conciliación y mediación registrada en la sede del Instituto con fecha miércoles 29 de febrero de 2012, para conocer del expediente citado.

De una parte, constan como citados y comparecen:

Don Alberto Rubiños Ferruelo, en calidad de representante.

Don Juan Francisco López García, en calidad de representante.

La empresa “Ingesan, Sociedad Anónima Unipersonal”, con domicilio en la calle Enrique Larreta, número 10, entreplanta, Madrid.

De otra parte, constan como citados y comparecen:

Don Leoncio Flores Blázquez, en calidad de representante de la Federación de AA DD-CC OO Madrid.

Doña María de los Ángeles Esperanza Hierro López, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Exposición de los hechos que son origen del conflicto, según escrito introductorio presentado por don Jesús Ángel Belvis Rocha, como representante de la Federación de AA DD de CC OO de Madrid

ABIERTO EL ACTO

La parte solicitante manifiesta su posición en el sentido de ratificarse en el contenido de su escrito introductorio.

Concedida la palabra a la representación empresarial, manifiesta su postura.

Realizado el acto de conciliación entre las representaciones antes mencionadas, se da por finalizado con el resultado de:

CON AVENENCIA

En los siguientes términos:

De conformidad con las reuniones mantenidas, ambas partes acuerdan que a partir del año 2012, el calendario laboral de aplicación para el personal del INTA sea de aplicación a la plantilla del servicio externo de limpieza, al objeto de evitar el posible exceso de jornada que pudiera derivarse de la aplicación del calendario existente.

La duración del presente acuerdo se mantendrá vigente mientras no exista otro requerimiento por parte del cliente que permita adaptar las jornadas del contrato a las jornadas de aplicación, renunciando ambas partes al exceso de jornada que se pudiera producir en la vigencia del acuerdo.

El disfrute del crédito vacacional se hará preferentemente en los meses de julio, agosto y septiembre. Para el año 2012 el calendario vacacional de julio será del 2 al 31, ambos inclusive, debiéndose un día de vacaciones que se compensará con un día adicional de asuntos propios.

El acuerdo adoptado por las partes aquí presentes tiene la misma eficacia que lo estipulado en convenio colectivo y pone fin al conflicto, con la obligación de cumplir lo que en él se establece.

El presente acuerdo tiene fuerza ejecutiva entre las partes intervinientes, sin necesidad de ratificación ante el juez o tribunal, pudiendo llevarse a efecto por el trámite de ejecución de sentencias, en virtud de lo previsto en el artículo 68 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Leída el acta, que encuentran conforme, la firman los interesados ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, y se entrega la correspondiente copia certificada a las diez y cuarenta horas del día de hoy.—La Secretaria suplente (firmado).

(03/17.315/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.75.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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