Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 129
Sección 1.4.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120531-53
Páginas: 2
I. COMUNIDAD DE MADRID
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CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
Intentada sin efecto la notificación de la Orden 320/2012, de 9 de febrero, de la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se tiene por desistido a don Manuel García Viglerio del recurso de reposición interpuesto contra la Orden de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio; procede su publicación a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Visto el expediente relativo al recurso de reposición interpuesto por don Manuel García Viglerio contra la Orden de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de 16 de julio de 2010, dictada en el expediente RHE 58/02 ZRI 2040/02-01, se constatan los siguientes
HECHOS
Primero
Don Manuel García Viglerio solicitó ayuda económica para las actuaciones de rehabilitación en el edificio sito en la plaza Rendición de Breda, número 1, de Madrid.
Segundo
A la vista de la documentación aportada, la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, PDF (el Director General de Vivienda y Suelo, Orden 1000/2010, de 9 de abril), dictó Orden de 16 de julio de 2010, por la que se deniega la ayuda solicitada.
Tercero
Contra la Orden de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de 16 de julio de 2010, don Manuel García Viglerio interpuso recurso de reposición, en el que no consta la firma del recurrente.
Cuarto
Consta en el expediente que Secretaría General Técnica ha emitido informe en el que se propone tener por desistido al firmante del recurso.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
La competencia para resolver el recurso de alzada interpuesto corresponde a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 41.g) y 53 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.
Segundo
De conformidad con lo previsto en el artículo 110.1.c) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la interposición del recurso deberá expresar el lugar, fecha e identificación personal del recurrente.
En este caso, en el recurso no consta la firma del recurrente, por lo que se le requirió para que en el plazo de diez días hábiles subsanase dicha falta. En el mismo escrito se le advertía de que si así no lo hiciera, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 71 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se le tendría por desistido, archivándose sin más trámite el recurso, previa resolución que sería dictada en los términos del artículo 42 de la reiterada Ley Procedimental.
Recibido el requerimiento, ha finalizado el plazo y no ha sido subsanada dicha falta, por lo que de acuerdo a lo establecido en los artículos 71 y 42 de la reiterada Ley Procedimental, procede tener a la firmante del recurso por desistido.
En su virtud, de acuerdo con el informe de la Secretaría General Técnica en el que se propone tener por desistida a la firmante del recurso
DISPONGO
Primero
Tener por desistido a don Manuel García Viglerio, en el recurso de reposición interpuesto contra la Orden de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de 16 de julio de 2010.
Segundo
Ordenar el archivo del expediente relativo al recurso de reposición, con los efectos previstos en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Lo que se le notifica, significándole que la Orden transcrita agota la vía administrativa y que contra la misma procederá, en su caso, recurso contencioso-administrativo, a interponer en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos.
Madrid, a 8 de mayo de 2012.—El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez.
(03/18.049/12)