Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 127
Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120529-202
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento ejecución número 50 de 2010, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Dolores Adelantado Alfaro, contra las empresas “Royal Vacations & Resorts, Sociedad Limitada”, “Turihoteles Vacations Club, Sociedad Limitada” y “Transvacaciones Hotels y Resorts, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución cuya parte dispositiva dice:
Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Ana Correchel Calvo.—En Madrid, a 8 de mayo de 2012.
Por presentado el anterior escrito y, en su caso, documentos que lo acompañan, dese traslado de las copias a las partes afectadas. Se tiene por formulada tercería de dominio sobre apartamento sito en Denia, conjunto residencias “Ogisakagarden”, inscrito en el Registro de la Propiedad número 2 de Denia, finca número 2633 que forma parte de la finca número 255, folio 59, tomo 4, libro 4, embargada en los autos número 370 de 2009, ejecución número 50 de 2010, que se tramitará como cuestión incidental (artículo 275.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social); y, de conformidad con lo dispuesto en su artículo 238, cítese de comparecencia a todos los afectados para que acudan a la Sala de Audiencias de este Juzgado el día 28 de junio de 2012, a las nueve y cincuenta horas, a fin de que aleguen y prueben cuanto a su derecho convenga respecto a la titularidad discutida. Se advierte al tercerista que, en caso de no comparecer, se le tendrá por desistido de su solicitud, salvo si concurriera justa causa para su ausencia y así se apreciase por este Juzgado.
Llévese testimonio de esta resolución a la pieza principal de ejecución.
Notifíquese esta resolución a las partes, al Fondo de Garantía Salarial y al tercerista.
Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 186.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).—La secretaria judicial (firmado).
Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Royal Vacations & Resorts, Sociedad Limitada”, “Turihoteles Vacations Club, Sociedad Limitada” y “Transvacaciones Hotels y Resorts, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 8 de mayo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
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