Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 127

Fecha del Boletín 
29-05-2012

Sección 1.4.75.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120529-26

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO

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RESOLUCIÓN de 8 de mayo de 2012, por la que se indica la notificación de los requerimientos de subsanación relacionados en la presente Resolución.

Desde el Área de Recursos Humanos de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación y Empleo se emitieron, en relación con los recursos de alzada interpuestos contra las correspondientes Resoluciones de la Dirección General de Trabajo que después se indican, requerimientos de subsanación por los que, en virtud de lo establecido en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se solicitaba la subsanación de la falta de acreditación de la representación para entablar recursos y que, a continuación, se relacionan:

— “Galindo y Varela Escenarios, Sociedad Limitada”, expediente 3632/08 (321/12RA). Representante, don Javier Galindo San Millán. Resolución de 22 de octubre de 2008. Fecha de requerimiento: 2 de abril de 2012.

— “Hermanzano, Sociedad Limitada”, expediente 1245/08 (325/12RA). Representante, don Alejandro Manzano Herranz. Resolución de 18 de junio de 2008. Fecha de requerimiento: 2 de abril de 2012.

Intentada por dos veces la notificación en el domicilio del destinatario, mediante carta certificada acompañada de aviso de recibo, conforme a la exigencia contenida en el artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, del traslado antes relacionado, no ha sido posible su práctica por causas no imputables a la Administración.

Por ello, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 del mismo texto legal, se procede a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como su inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento correspondiente.

Dicha subsanación podrá efectuarse en el plazo de diez días hábiles, a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio, en el Registro de la Consejería de Educación y Empleo de la Comunidad de Madrid, sito en la Gran Vía, número 20, de Madrid, en horario comprendido entre las nueve y las catorce, de lunes a viernes, en cualquier Registro de los órganos administrativos de la Comunidad de Madrid o de la Administración del Estado, o en cualquier otro lugar de los establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, así como por medios electrónicos en el Registro Telemático de esta Consejería, a través de la página web de la Comunidad de Madrid (www.madrid.org), siendo necesario disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Lo que se notifica indicando que, de no proceder a la subsanación requerida, se le tendrá por desistido en su petición, previa Resolución que será dictada en los términos del artículo 42 de la reiterada Ley procedimental.

Madrid, a 8 de mayo de 2012.—El Secretario General Técnico, PD (Resolución de 20 de febrero de 2008, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de marzo de 2008), la Subdirectora General de Régimen Jurídico, Natalia Romero Frigols.

(03/17.552/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.75.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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