Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 121
Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120522-89
Páginas: 1
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Rosario Barrio Pelegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 840 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don David Gómez Tapial, contra don José Joaquín López Estébanez, “Instala Soluciones, Proyectos y Servicios, Sociedad Limitada”, y “Capitol Symbol, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
Sentencia número 63 de 2012
En Madrid, a 23 de febrero de 2012.—Visto por el ilustrísimo señor don Antonio Martínez Melero, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 1 de esta ciudad, el juicio promovido por despido, a instancias de don David Gómez Tapial, frente a “Instala Soluciones, Proyectos y Servicios, Sociedad Limitada”, “Capitol Symbol, Sociedad Limitada”, don José Joaquín López Estébanez y Fondo de Garantía Salarial.
Vistos los preceptos citados y demás de general aplicación al caso,
Fallo
Que estimando en parte las pretensiones de la demanda, previa absolución de “Capitol Symbol, Sociedad Limitada”, y de don José Joaquín López Estébanez, califico como improcedente el despido objeto de este proceso, y en atención a las razones expuestas en el fundamento de derecho cuarto, declaro extinguido en la fecha de esta sentencia el contrato de trabajo que vinculaba a don David Gómez Tapial con la empresa “Instala Soluciones, Proyectos y Servicios, Sociedad Limitada”, a la que condeno a abonar al actor una indemnización de 4.865,53 euros, así como la cantidad de 9.654,73 euros en concepto de salarios no percibidos desde la fecha del despido (10 de junio de 2011) hasta la de la presente resolución, tomándose en consideración a tal efecto el salario que se estima acreditado en su hecho probado primero.
Notifíquese la presente resolución en legal forma a las partes y adviértase que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que deberá anunciarse ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de cinco días contados a partir de la notificación de la presente resolución, siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo, el recurrente, si es parte condenada que no goce del beneficio de justicia gratuita, presente resguardo del ingreso, efectuado en “Fondos de anticipos reintegrables sobre sentencia recurrida” de la cantidad objeto de la condena, con indicación de la entidad bancaria 0030, oficina 1143, dígito de control 50, número de cuenta 0000000000, beneficiario Juzgado de lo social número 1 de Madrid, concepto 2499/0000/34 y número del presente procedimiento judicial, en la sucursal de “Banesto”, sita en la calle Orense, número 19, de Madrid, o bien presente aval bancario de su importe, y dentro del plazo de diez días para la formalización del recurso deberá presentar también resguardo del ingreso en “Recursos de suplicación” de la cantidad de 300 euros, efectuado en la misma sucursal bancaria y con indicación de los mismos datos referidos anteriormente. El incumplimiento de estos requisitos dará lugar a que se tenga a dicha parte por desistida del recurso anunciado.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que les sirva de notificación en legal forma a don José Joaquín López Estébanez, “Instala Soluciones, Proyectos y Servicios, Sociedad Limitada”, y “Capitol Symbol, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 23 de febrero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/14.656/12)