Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 120

Fecha del Boletín 
21-05-2012

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120521-120

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 82

EDICTO

120
Juicio verbal 1.225 de 2011

En virtud de lo acordado en los autos de juicio verbal número 1.225 de 2011, sobre otars materias, de conformidad con los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica la sentencia a don Joaquín Caballero San José.

Sentencia número 92 de 2012

En Madrid, a 3 de abril de 2012.—La ilustrísima señora doña Eva Estrella Ramírez García, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 82 de los de esta ciudad y su partido judicial, habiendo visto los presentes autos de juicio verbal civil número 1.225 de 2011, promovidos por la comunidad de propietarios de la avenida de Pablo Neruda, número 7, de Madrid, representada por la procuradora señora Escorial Pinela y dirigida por el letrado don Gerardo Monterrubio Vázquez, contra don Joaquín Caballero San José, declarado en rebeldía, y contra Instituto de la Vivienda de Madrid (IVIMA), defendido por la letrada doña Carolina Almagro Morcillo, que versa sobre reclamación de cantidad derivada de deudas de comunidad.

Fallo

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda presentada por la procuradora señora Escorial Pinela, en representación de la comunidad de propietarios de la avenida de Pablo Neruda, número 7, de Madrid, contra don Joaquín Caballero San José, rebelde en estos autos, y contra el IVIMA y, en consecuencia, debo:

1. Condenar y condeno a don Joaquín Caballero San José a abonar a la parte actora la suma de 3.228,13 euros, que devengarán el interés legal, y al pago de las costas causadas en esta instancia.

2. Condenar y condeno al IVIMA, en su condición formal de titular registral de la vivienda, a que soporte todas las consecuencias de la ejecución de la sentencia.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

En Madrid, a 4 de abril de 2012.—El secretario (firmado).

(02/3.319/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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