Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 120

Fecha del Boletín 
21-05-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120521-125

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

125
Ejecución 78 de 2011

Don Miguel Ángel Aguilar Ramírez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 78 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ignacio Hernández Alesanco, contra la empresa “Aymerich Golf Management, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado resoluciones de fecha 15 de noviembre de 2011 del tenor siguiente:

No ha lugar a apreciar la existencia de sucesión empresarial entre “Aymerich Golf Management, Sociedad Limitada”, y “Aymerich Inversiones, Sociedad Limitada”, por lo que no procede ampliar la presente ejecución respecto de la sociedad “Aymerich Inversiones, Sociedad Limitada”.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que frente a ella podrá interponerse recurso de reposición, ante este Juzgado, en el término de cinco días a contar desde su notificación. Si quien recurre en reposición no ostenta la condición de trabajador beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, ministerio fiscal, Estado, Comunidad Autónoma, Entidad Local u organismo autónomo dependiente de aquellos vendrá obligado a consignar como depósito en la cuenta bancaria de este Juzgado, abierta en “Banesto”, con el número 2500, la cantidad de 25 euros, como requisito necesario para la admisión a trámite del recurso de reposición, lo que deberá acreditarse mediante el correspondiente resguardo de ingreso al tiempo de presentar el recurso de reposición (disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, según redacción dada por Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre).

Lo acuerda y firma don Isidro M. Saiz de Marco, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Diligencia.—En Madrid, a 13 de abril de 2012.

La extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que intentada la notificación a “Aymerich Golf Management, Sociedad Limitada”, por lo medios que constan en autos, se ignora su paradero, por lo que se remite edicto al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.—Doy fe.

Por recibido anterior escrito presentado por el letrado de la parte actora don Daniel Álvarez de Blas, con fecha de entrada en la Delegación del Decanato de los Juzgado de lo social de Madrid 1 de diciembre de 2011, por el que viene a interponer recurso de reposición frente al auto de fecha 15 de noviembre de 2011, únase a los autos de su razón y dese traslado del antedicho escrito a la parte contraria a fin de que en el plazo de cinco días aleguen lo que a su derecho convenga.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación ante el secretario judicial que dicta esta esta resolución, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—El secretario judicial (firmado).

Diligencia.—En Madrid, a 13 de abril de 2012.

La extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que intentada la notificación a “Aymerich Golf Management, Sociedad Limitada”, por lo medios que constan en autos, se ignora su paradero, por lo que se remite edicto al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.—Doy fe.

Visto el estado de las presentes actuaciones y constando la notificación a la ejecutada “Aymerich Golf Management, Sociedad Limitada”, a través del Servicio Común de Notificaciones y Embargos adscrito a este Juzgado, con resultado negativo, porque “no vive ahí”, de las resoluciones de fecha 21 de octubre de 2011, auto de fecha 15 de noviembre de 2011 y diligencia de ordenación de fecha 12 de diciembre de 2011, únase el resguardo a los autos de su razón y notifíquese el auto de fecha 15 de noviembre de 2011 y la diligencia de ordenación de fecha 12 de diciembre de 2011, así como la presente, a través de edictos, y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, realícense los actos de comunicación por medio de edictos, insertando un extracto suficiente de la resolución o de la cédula en el boletín oficial correspondiente, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación ante el secretario judicial que dicta esta resolución, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—El secretario judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Aymerich Golf Management, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de abril de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/14.485/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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